Refranes populares elaborado por el alumnado de Tharsis.
Refranes
La historia de la localidad de Tharsis narrada por las alumnas de Educación Permanente
Tharsis
Canal Youtube del CEPER "el Pilar"
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La historia del sufragio Universal hecho por las alumnas de CEPER "El Pilar"
Ámbito Social
EL SUFRAGIO UNIVERSAL
. El derecho al voto.
. Antecedentes históricos
El sufragio universal consiste en el derecho al voto de toda la población adulta
de un Estado, independientemente de su raza, sexo, creencias o condición
social.
El logro del sufragio universal se ha dado a partir de la democracia.
Tras la
Revolución Francesa, el poder político comenzó a estar en manos de cámaras
de representantes, por lo que era necesario regular su sistema de elección:
- Se comenzó con el sufragio censitario, que es el que está limitado a las
personas incluidas en un censo restringido en base a determinados
criterios. En principio sólo votaban los hombres que cumplían una serie
de requisitos: nivel de instrucción, de renta y clase social a la que
pertenecían.
- Después, en la segunda mitad del siglo XIX, se pasó por el sufragio
masculino, en el que podían votar todos los hombres que supieran leer y
escribir.
- La inclusión del sufragio femenino se produjo en el siglo XX. Éste ha
sido aprobado y revocado varias veces en distintos países del mundo.
En algunos, como Estados Unidos o Sudáfrica, el sufragio femenino se
ha autorizado antes que el sufragio universal; así, una vez concedido
éste a los hombres y mujeres de raza blanca, aún se les seguía
negando el derecho a votar a hombres y mujeres de otras razas. No
obstante, en la mayoría de países el sufragio femenino ha sido el que ha
llevado al universal.
En los países democráticos, el derecho al voto está garantizado como un
derecho de nacimiento, sin discriminación de raza, etnia, clase o género. Las
personas que cumplan con los requisitos de edad y residencia, con carácter
general, pueden ejercer el derecho al voto en las elecciones.
Aquellas de procedencia extranjera, países miembros de la UE, o de otros
países con convenios suscritos al efecto, pueden votar en las elecciones
locales.
A pesar del impulso del sufragio universal, todas las democracias modernas
requieren a sus votantes una edad mínima para ejercer este derecho.
Las edades mínimas para votar no son uniformes en todo el mundo, y fluctúan
dependiendo de cada país, normalmente entre los 15 y los 21 años.
El voto femenino en España
El derecho al voto, el poder elegir a quienes nos representan y deciden sobre
cuestiones que nos afectan, fue negado durante mucho tiempo a las mujeres
por el hecho de serlo, y aún hoy se les sigue negando en países no
democráticos.En 1.931, con la llegada de la República, se redacta una nueva Constitución en
España, cuyo artículo 34 decía:
“Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintiún años, tendrán los
mismos derechos electorales, conforme determinen las leyes”.
La discusión sobre la inclusión o no de este artículo en la Constitución y su
aprobación por parte del Parlamento, supuso en aquel momento un importante
acontecimiento para las mujeres españolas y un ejemplo a seguir para otros
países.
Clara Campoamor, del Partido Radical, junto con otras dos mujeres, Victoria
Kent, del Partido Radical Socialista y Margarita Nelken, del Partido Socialista,
eran diputadas en 1.931. Curioso esto, ya que podían ser elegidas, pero tenían
prohibido votar. Clara Campoamor pasó a formar parte de la Comisión para
redactar la nueva Constitución.
Algunos grupos de mujeres de la época así como un incipiente movimiento
sufragista estuvieron apoyándola, pero ante el Parlamento se encontró sola
defendiendo esta causa; no la apoyó ni su propio partido por miedo a que el
voto de la mujer dañara los intereses de la República o favoreciera a las
derechas. Tampoco tuvo el apoyo de las otras dos diputadas, que, aunque
convencidas de la necesidad de conceder este derecho, no lo hicieron.
La postura de estas dos diputadas, convencidas pero incapaces de votar a
favor, no nos parece extraña hoy, ante la perspectiva histórica, pero en aquel
momento y para Clara Campoamor, supuso un duro golpe.
Los argumentos que se dieron en el debate sobre el voto femenino fueron
filosóficos, biológicos, culturales, religiosos y educacionales, resaltando la
incapacidad de las mujeres y ridiculizándolas, así como el tono que se empleó
en el mismo, por parte de algunos diputados intentando minimizar este tema,
no dejan la más mínima duda de que las causas de las mujeres han sido a
menudo menospreciadas.
El 1 de octubre de 1931 se aprobó en las Cortes el sufragio femenino en
España.
Por todo esto Clara Campoamor pagó un alto precio; las izquierdas
culpabilizaron al voto femenino de la pérdida de las siguientes elecciones, tuvo
que abandonar su partido, costándole su carrera política y un gran agravio
personal. Tenemos que hacer un enorme reconocimiento a la memoria de esta mujer y
agradecer su labor en la lucha por los derechos de la mujer.
El recién adquirido derecho se materializó dos años más tarde, en las
elecciones de 1933, cuando las mujeres españolas pudieron acudir a
expresarse políticamente en las urnas. La alegría de Campoamor y de quienes
apoyaban el sufragio femenino tenía fecha de caducidad.
Apenas tres años después, tras las elecciones del 1936, el golpe de estado y la
dictadura franquista instaurada en 1939, las ilusiones democráticas se
diluyeron no sólo para ellas, sino para toda la población española.
No sería hasta la caída del régimen del general Franco, y con la puesta en
marcha de la transición política en la década de los 70, cuando la ilusión del
voto femenino volvió a ser una realidad en las elecciones democráticas de
1977.
1. El sufragio femenino
El primer país en ofrecer el sufragio universal y también permitir a las mujeres
presentarse a elecciones para el parlamento fue Australia del Sur en 1902
(según otros, en 1894).
En la actualidad, algunos países no reconocen el sufragio a las mujeres. O sí lo
reconocen, como en el caso del Líbano, pero de una manera diferente que a
los hombres.
La siguiente lista no incluye los países que no permiten el sufragio
ni a hombres ni a mujeres:
• Arabia Saudí: el rey Abdalá anunció el pasado 25 de septiembre de 2011 que
las mujeres podrán votar y ser elegidas en las próximas elecciones
municipales, únicas que se celebran.
• Bután: un solo voto por cada familia, y sólo en elecciones a nivel local.
• Brunei: no se celebran procesos electorales.
• Líbano: las mujeres requieren una prueba educativa, los hombres no. Voto
obligatorio para hombres, opcional para mujeres.
• Omán: limitado a 175.000 personas, la mayoría hombres, elegidas por el
gobierno. .
ACTIVIDADES
1. Explica la diferencia entre sufragio universal, censitario y masculino
.
- Sufragio Universal: Todas las personas que reúnan los requisitos.
- Sufragio Censitario: Aquellas personas inscritas en el censo.
- Sufragio Masculino: Únicamente los hombres.
2. En el proceso de aprobación del derecho al voto femenino en España,
dos diputadas no apoyaron la propuesta de Clara Campoamor. ¿A qué
partidos pertenecían? ¿Por qué crees que no lo hicieron?
Las diputadas Victoria Kent del Partido Radical Socialista y Margarita
Nelken del Partido Socialista. No apoyaron a Clara Campoamor por
miedo. No la secundaron por temor a la represalias y al rechazo. No la
apoyó ni su propio partido (Partido Radical Socialista). Para Clara
Campoamor fue un duro golpe y pasó a formar parte de la Comisión
para redactar la nueva Constitución.
Victoria Kent, del Partido Radical Socialista, y Margarita Nelken, del
Partido Socialista, eran las otras dos mujeres en las Cortes junto a
Campoamor. En 1931 podían ser elegidas pero aún no podían votar.
Aprobado el derecho a voto para la mujer, sólo pudo ejercerse en las
Municipales de 1933. Después llegaron la guerra y la dictadura
franquista. El voto femenino volvió a hacerse realidad en 1977.
3. Con ayuda de Internet, busca información sobre la vida de Clara
Campoamor y su compromiso con la aprobación del sufragio femenino.
Su compromiso con la inclusión y posterior aprobación del sufragio
femenino se dio en la primera mitad del siglo XX.
En la mitad del siglo XIX pudieron votar
todos los que supieran leer y escribir.
En principio los hombres que
cumplieran una serie de requisitos.
En 1931 con la llegada de la República
se redacta una nueva Constitución en
la que ella participa activamente. Aquí
se aprobaría por fin el Sufragio
Universal y con ello el Derecho a Voto
Femenino.
Y su aprobación por parte del
Parlamento supuso un gran
acontecimiento para las mujeres
españolas y un ejemplo a seguir para
otros países
Clara Campoamor Rodríguez fue abogada, escritora, política y
defensora de los derechos de la mujer española. Nació el 12 de Febrero
de 1888 en Madrid y falleció el 30 de Abril de 1972 en Lausana, Suiza. Está enterrada en el Cementerio de Pollee, San Sebastián.
4. Expresa si las siguientes afirmaciones son verdaderas (V) o falsas (F).
- Las personas inmigrantes no pueden votar en España F
- El primer país en aprobar el voto femenino fue América del Sur F
Fue
en Australia en 1902.
- La edad para ejercer el derecho al voto es a los 18 años V
- Las mujeres españolas no pudieron votar hasta el año 1977 F
Trabajo realizado por Esperi
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